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Condiciones generales de negocios (A fecha de 15.05.2003)§1 Validez de las condicionesLos suministros, los servicios y las ofertas de la empresa se realizan exclusivamente en base a estas condiciones de compra. Las devoluciones de confirmaciones del ordenante, refiriéndose a sus condiciones comerciales o de compra, contradicen lo aquà expuesto. §2 Ofertas y cierre del contrato1. En los prospectos, los avisos, etc. las ofertas mencionadas no son vinculantes, incluso en cuanto a la mención de los precios. La empresa se encuentra sujeta a las ofertas especiales divulgadas por 30 dÃas calendario a partir de la fecha de la oferta. 2. Las desmentidas, modificaciones, adicionales y/u otras diferencias que surjan de las presentes condiciones de compra sólo son válidas si el empresario ha expresado su conformidad al respecto. Los acuerdos de este tipo deben realizarse por escrito. 3. Los datos en las ofertas y/o las confirmaciones de pedidos del empresario que estén basados en un error evidente, principalmente en el caso de los errores de escritura o cálculo, no comprometen al empresario. Más bien se considera válida la declaración evidentemente deseada. 4. Los documentos de las ofertas, dibujos, descripciones, maquetas y solicitudes de presupuestos del empresario no deben ser divulgados, publicados o reproducidos por cuenta propia ni ser entregados a terceros sin autorización previa del mismo. A solicitud se deberán devolver los documentos sin hacer reserva de copias. §3 Precios, modificaciones de precios1. Se sobreentiende que el IVA será sumado a los precios. 2. Mientras que entre el cierre del contrato y la fecha de entrega real o acordada no transcurran más de seis meses serán válidos los precios del empresario que al momento de la entrega o de la disposición eran válidos. Si estos últimos precios sobrepasan los acordados en más de un 10 %, entonces el ordenante se encuentra habilitado para renunciar al contrato. §4 Plazos de entrega1. Los tiempos y lÃmites de entrega que pueden ser pactados de manera vinculante requieren de la forma escrita. Será solamente vinculante cuando exista una declaración del empresario que haga referencia expresa a este hecho. 2. El empresario deberá sustituir los retrasos y/o las imposibilidades de efectuar sus entregas o servicios cuando éste o su representante legal o auxiliares ejecutivos hayan provocado un impedimento de la prestación con premeditación o descuido. Este principio es válido especialmente en caso de fuerza mayor, huelga, cierre, disposición oficial, etc. aún también si se presentan impedimentos en el proveedor del empresario u en otros de sus proveedores dependientes. Correspondientemente el empresario se reserva las entregas propias correctas y a tiempo. Se fija la duración de un plazo de cortesÃa por parte del ordenante, en el caso de una demora en la prestación según las normas legales, en dos semanas, comenzando con la entrada de la fijación del tiempo de cortesÃa en lo del empresario. §5 EnvÃo y cesión de riesgos1. El riesgo pasa a ser del ordenante, tan pronto como el envÃo ha sido entregado a la persona encargada del transporte o haya abandonado la fábrica del empresario por razones de expedición. Si el envÃo se retrasa por motivos del ordenante o si el mismo no se realiza, el riesgo pasa a ser del ordenante con la notificación de disposición de envÃo. 2. A petición del ordenante se aseguran las entregas a su nombre y a su propia cuenta. §6 GarantÃa1. Si el servicio prestado o el objeto suministrado por el empresario es deficiente y/o si faltasen caracterÃsticas prometidas y/o si surgieran dentro del plazo de garantÃa daños provenientes de deficiencias de fabricación o materiales, el empresario podrá suministrar un reemplazo o mejoramiento según su elección y excluyendo asà todo tipo de reclamos de garantÃa por parte del ordenante. Se permiten retoques sucesivos. 2. El plazo de la garantÃa comienza con la fecha del envÃo o bien de la aceptación y dura seis meses, en tanto que no se haya pactado legalmente un plazo de garantÃa mayor obligatorio. 3. Las deficiencias evidentes en los servicios de la fábrica no pueden ser validados luego de la aceptación de los mismos. En todo caso contrario los tipos de deficiencias serán vinculantes para el empresario con el fin de conservar los reclamos de garantÃa del ordenante, a más tardar dentro de las dos semanas luego del envÃo y notificado las deficiencias por escrito. Los objetos deficientes se deben mantener en el mismo estado en el que se encontraban al momento de encontrar la deficiencia para que el empresario pueda comprobar los mismos. 4. Las diferencias irrelevantes y no razonables en las medidas y versiones, especialmente en el caso de nuevos encargos, no habilitan para objetar, salvo que el cumplimiento absoluto haya sido acordado expresamente. Los mejoramientos técnicos y las modificaciones técnicas necesarias son válidos también como conforme a lo estipulado en el contrato mientras que éstos no representen un empeoramiento en la utilidad del objeto. 5. Si no se cumplimentan las instrucciones de uso o de mantenimiento provistas por el empresario, si se realizan modificaciones en los productos, se cambian partes o se utilizan materiales usados entonces la garantÃa pierde su validez en tanto que el ordenante no refute una afirmación correspondiente y sustanciada, donde conste que una de estas situaciones ha conducido a la deficiencia. 6 . Se excluye toda responsabilidad ante un desgaste normal. 7. Si fracasa el mejoramiento o el envÃo de repuesto luego de un tiempo considerado el ordenante puede exigir, según su elección, un descuento en el precio o la anulación del contrato. 8. Las reglamentaciones anteriores de estos párrafos no son válidas para la venta de objetos ya usados. Estos serán suministrados excluyendo todo tipo de garantÃa. 9. Si el empresario se encuentra a disposición del ordenante a través de las obligaciones legales para brindar informaciones en cuanto a la utilización de su producto, entonces él se responsabiliza según el § 7 sólo cuando se haya acordado una retribución especial. 10. Los trabajos de garantÃa se realizarán en el mismo lugar que se ha montado la máquina. Si durante la realización de los trabajos de la garantÃa se comprueba que no existe una deficiencia, el comprador de la máquina se compromete a hacerse cargo de los trabajos realizados en cuanto a los costos ocasionados, se calcularán los costos de viaje de los camiones y/o autos como asà también los sueldos, incluyendo tiempo de viaje, según nuestras tarifas usuales en el lugar. Si falla la máquina durante el tiempo de garantÃa el proveedor no reconoce ningún tipo de reclamo por daños y perjuicios. No obstante éste estará obligado a efectuar todos los pasos lógicos y razonables para tratar de solucionar el daño lo más rápido posible. |
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